#1• ¿Es necesario que haya una diferencia de antigüedad de 5 años en las permutas entre funcionarios locales? |
#2•• Hola. Yo te voy a hablar de la admininstación local que es la que conozco bien. El Reglamento de permutas (general para todas las administracicones es muy antiguo, desfasado, creo recordar que del año 1952, pero no se ha modificado porque no ha habido nunca presiones de los funcionarios de Admón local, habida cuenta que los del estado tienen movilidad mediante concurso de traslados, y los funcionarios de administración local nunca nos hemos unido desgraciadamente) Dicha ley habla de 5 años como máximo de diferencia, pero por experiencia propia, si ambas administraciones informan favorablemente a la permuta de ambos funcionarios, no hay problema alguno. Si se encuentra a alguien que quiere permutar, son mismo grupo, el nivel no importa, y menos si lo tienes consolidado, y ambas administraciones informan favorablemente, la permuta se puede llevar a efecto sin problema. |
#4• Las administraciones no suelen tener en cuenta razones de peso personales, sino la forma de proceder que tengan o puedan tener establecida para las permutas. Un saludo. |
ATENCIÓN: Este tema no tiene actividad desde hace más de 6 MESES, te recomendamos abrir un nuevo tema en lugar de responder al actual |
Opciones: Ir al subforo: |
Permisos: TU NO PUEDES Escribir nuevos temas TU NO PUEDES Responder a los temas TU NO PUEDES Editar tus propios mensajes TU NO PUEDES Borrar tus propios mensajes |