Usuario invitado | #1• Buenas compañeros tengo una duda que me gustaría que alguien me aclarase respecto al complemento de destino porque no tengo claro que lo que me hayan dicho sea así. |
Usuario invitado | #2• Creo entender que el supuesto que planteas es el de cambio de nivel (hecho a través de la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo) del mismo puesto de trabajo que obtuviste en diciembre de 2001. En tal caso, la respuesta viene dada en el artículo 21 de la Ley 30/84, de medidas para la reforma de la función publica, según el cual "...Si durante el tiempo en que el funcionario desempeña un puesto de trabajo se modificase el nivel del mismo, el tiempo desempeñado se computará con el nivle más alto en que dicho puesto hubiera estado clasificado" En consecuencia, creo que deberías haber consolidado el nivel 18. |
Usuario invitado | #3• Yo creo que actualmente tienes consolidado el grado 15, en julio de 2006 consolidarás el 17, y en julio del 2008 consolidarás el 18. |
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