Usuario invitado | #1• Si el examen va a ser a partir del 1 de sept....¿ como sabemos que codigo estudiar?. |
Usuario invitado | #2• en la convocatoria especifica que será el codigo antiguo con los cambios de una ley organica. Solo tienes que conseguir esa ley. |
Usuario invitado | #3• El problema es que esa ley organica es la que altera casi por completo el viejo codigo. wen fin, habra que estudiar todas las novedades. |
Usuario invitado | #4• Para nuestras desgracias en el examen, entrara el temario de penal, con la modificacion de la famosa ley 15/2003, aunque no este en vigor, ya que por lo visto lo especifica claramente, en la convocatoria, asi que a estudiarle, no nos queda mas remedio. |
Usuario invitado | #5• No hay codigo penal viejo y codigo penal nuevo, solo hay un codigo penal, la ley 10/1995 de 23 de noviembre; una ley que logicamente se a tenido que ir adaptando a la realidad sosial como todas las leyes, de hay la famosa ley 15/2003, ley organica, por supuesto. Todas las leyes, y esta lo es, deben publicarse en el BOE, y desde que se publican ha de pasar un periodo de tiempo , mas o menos largo, para que entren en vigor, a este periodo, como todos sabreis, se denomina "vacatio legis". La regla general son 20 dias, pero como toda regla presenta escepciones.Por ejemplo la constitucion entra en vigor el mismo dia de su publicacion, el 29 de septiembre de 1978, y el codigo penal de 95 a los 6 meses. Las leyes penales necesitan, mas que otras, un periodo amplio que permita adaptar la realidad diaria a la prevision legislativa, por eso en estos casos el periodo de vacatio legis es mayor. En este caso 10 meses. esta ley 15 modifica el codigo penal, no lo sustituye, es decir es el mismo codigo del 95 pero modificado, no habra aun entrado en vigor el 12 de septiembre, pero cuando aprobemos, que espero de corazon que sea asi, ya lo estara, por lo tanto parece mas que logico que la que tengamos que "aplicar", sea la que tengamos que estudiar ¿no?. En cualquier caso, y aunque es cierto que son muchos los articulos que son modificados parcialmente, no es menos cierto que los cambios son minimos. Esto es combersion de pesetas a euros y acomodacion de las penas a la desaparicion del arresto de fin de semana. Quiero decir que, si mas o menos , ya sabias lo anterior , esto no os constara practicamente nada, solo son pequeños detalles y , ademas , pequeños detalles que seguramente preguntaran, asi que si los sabeis,pregunta hacertada. No es para asustarse , ni mucho menos.SUERTE A TODOS. |
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