#1• Hola! me gustaría consultar sobre la reagrupación familiar, mi pareja es funcionario también y estamos pensando pedir uno de los dos este tipo de excedencia nos comentaron una vez que cuando la pides a la hora de reincorporarse te buscan una plaza en la misma ciudad o localidad de tu pareja tambien funcionario, ¿esto es cierto?, porque he leído que durante el tiempo que estas en excedencia por reagrupacion no acumulas antiguedad ni tienes sueldo. Muchas gracias |
#2• En excedencia no cobras, es como si cesaras pero sin cesar. Lo mejor es que lo consultes en el TREBEP y en RRHH de tu administración o en los sindicatos. En internet sale esto: (salen muchos más enlaces con información haz una búsqueda en google y verás) (lee el enlace) https://empleopublico.jcyl.es/web/e[....]voluntaria-agrupacion-familiar.html En google pone esto que te pego: Excedencia voluntaria por agrupación familiarLa excedencia voluntaria por agrupación familiar está destinada a aquellas personas que tienen al marido o la mujer viviendo en otra localidad y trabajando también como funcionarios de carrera de la Administración Pública. De nuevo, este tipo de excedencia no podrá ser inferior a dos años ni superior a quince. Eso sí, en este caso no se exige ningún periodo mínimo de prestación de servicios y el reingreso se debe solicitar antes de que finalice ese plazo máximo de 15 años. De no ser así, el funcionario será declarado en situación de excedencia voluntaria por interés particular. |
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